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¿La matrona dará baja por enfermedad a las embarazadas? Las consultas están en curso.

¿La matrona dará baja por enfermedad a las embarazadas? Las consultas están en curso.

Periodista del portal Rynek Zdrowia, anteriormente Dziennik Zachodni y naszemiasto.pl. Me interesan temas sociales, la educación, la ciencia y la formación del personal médico. En mis artículos, a menudo también abordo temas relacionados con las nuevas terapias, la neurología, la gastroenterología, la ginecología y la obstetricia, y la salud pública en general. Autor: Monika Chruścińska-Dragan • Fuente: Rynek ZdrowiaAñadido: 04 de julio de 2025 06:30Actualizado: 04 de julio de 2025 07:11

El Ministerio de Salud se prepara para introducir un nuevo estándar de atención perinatal. Más de 40 instituciones y organizaciones han presentado comentarios sobre el proyecto de reglamento. Muchos de ellos se refieren a la disponibilidad de anestesia para el parto. También se propone introducir la anestesia L4 para embarazadas a través de una partera. Hemos comprobado qué opciones tienen posibilidades de obtener la aprobación del Ministerio de Salud.

El borrador de la nueva norma organizativa para la atención perinatal incluye, entre otros, servicios preventivos realizados por un médico o matrona, pruebas diagnósticas y consultas médicas.
  • Según los anestesiólogos y los hospitales, algunas de las disposiciones del proyecto de reglamento que modifica el estándar de atención perinatal, como la limitación del papel de la partera anestesióloga a la prestación de atención a la mujer que da a luz bajo anestesia, reducirán la disponibilidad de procedimientos para aliviar el dolor.
  • Según los expertos, el porcentaje de partos con anestesia se incrementaría mejorando la valoración del procedimiento por parte del pagador y permitiendo que los residentes puedan realizarlo en algunos casos tras completar el 4º año de formación.
  • Las enfermeras y parteras, por su parte, piden que se conceda a estas últimas el derecho a conceder bajas por enfermedad a las mujeres embarazadas.
  • Las parteras también quieren derivar a las mujeres embarazadas a especialistas: un diabetólogo, un cardiólogo, un endocrinólogo, un cirujano o un dermatólogo.
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El Ministerio de Salud está a punto de finalizar su labor de modificación de la norma organizativa para la atención perinatal. Más de 40 instituciones y organizaciones no gubernamentales han presentado sus comentarios sobre el proyecto de reglamento publicado a finales de 2024. Ante la pendiente ley de reforma hospitalaria y los cambios demográficos que cuestionan el futuro de muchas maternidades, estos cambios cobran especial importancia.

El proyecto de reglamento dedica gran parte del tiempo al alivio del dolor del parto, obligando a los hospitales, entre otras cosas, a brindar a las embarazadas la oportunidad de familiarizarse con el lugar de parto elegido y a consultar previamente con un anestesiólogo, o a publicar información sobre los métodos disponibles para aliviar el dolor. A pesar de ello, algunas de las soluciones propuestas, como limitar la función del anestesiólogo a la atención de la parturienta bajo anestesia («un anestesiólogo que atiende a una parturienta bajo analgesia regional no realiza simultáneamente el parto» ), generan dudas entre los anestesiólogos y los hospitales.

Según la opinión de la Sociedad Polaca de Anestesiología y Cuidados Intensivos y de la Clínica de Anestesiología del Hospital Clínico Universitario de Białystok, esta medida reducirá la disponibilidad de procedimientos para aliviar el dolor asociado al parto.

- Su abandono supondrá el abandono total de la anestesia perinatal debido a la necesidad de disponer de una segunda matrona para el mismo parto - señalan los especialistas del Hospital Clínico Universitario de Białystok.

Para aumentar el acceso a los procedimientos de alivio del dolor, la consultora nacional en el campo de la anestesiología y los cuidados intensivos , la profesora Katarzyna Kotfis, también propone flexibilizar el requisito de al menos cinco años de experiencia en analgesia regional para el parto, establecido para los especialistas de primer grado que realizan anestesia en mujeres embarazadas, a "al menos dos años".

Según los anestesiólogos, un aumento real del porcentaje de partos con uso de analgesia regional sería posible mejorando la valoración del procedimiento por parte del pagador y absteniéndose de pagar el procedimiento en caso de parto en el que se utilizó analgesia epidural, por cesárea.

También proponen ampliar el grupo de anestésicos de parto para mujeres con clasificación ASA I, II o III para incluir a " médicos en formación especializada en el campo de la anestesiología y los cuidados intensivos, después de completar el cuarto año de formación, exclusivamente en el lugar donde recibieron su especialización, siempre que hayan completado una pasantía especializada en anestesia en obstetricia y obtenido el consentimiento por escrito del jefe de la especialización y del responsable del servicio de anestesiología".

El Defensor de los Derechos del Paciente propone que los hospitales estén obligados a proporcionar analgesia regional u opioides a las mujeres en trabajo de parto como formas que

que alivian eficazmente el dolor intenso del parto. También propone añadir una disposición en el segundo punto de la Parte VII del Anexo del reglamento propuesto que exige a las clínicas elaborar y poner a disposición de las pacientes información escrita sobre métodos para aliviar el dolor del parto.

También indica que “los acuerdos con la paciente sobre procedimientos destinados a aliviar el dolor del parto deben incluirse en el historial médico de la paciente”.

Se han tenido en cuenta algunos de los postulados sobre el alivio del dolor de parto, establecidos por el Ministerio de Salud . Sin embargo, el Ministerio abandonará, entre otros, el requisito de dos parteras para el mismo parto y aceptará, aunque probablemente no en su redacción literal, las observaciones del Consejo de Política Monetaria.

Nuevas directrices para
¿L4 y una derivación de una matrona? «Los empleadores no respetan los certificados de embarazo».

Uno de los postulados de la larga lista de observaciones presentadas por enfermeras y matronas es ampliar el derecho de estas a conceder bajas laborales a las embarazadas. Esto lo exigen activistas de la Asociación de Empleadores de Enfermeras y Matronas de Varmia y Mazuria, así como la presidenta del Consejo Superior de Enfermeras y Matronas , Mariola Łodzińska.

Afirman que actualmente solo se ofrecen bajas por enfermedad durante el embarazo. Sin embargo, los empleadores no respetan los certificados de embarazo y, a menudo, en lugar de adaptar los puestos de trabajo para las embarazadas, las obligan a presentar sus certificados.

Si el estado de salud de una mujer le impide trabajar en sus condiciones actuales, se ve obligada a cambiar de matrona a cargo de su embarazo por una ginecóloga para obtener un certificado de exención. Un certificado de exención de la obligación de realizar trabajo, expedido por una matrona, le permitiría continuar con la gestión de su embarazo, según la Asociación de Empleadores de Enfermeras y Matronas de Varmia y Mazuria.

Las parteras también piden poder derivar a las embarazadas a especialistas : diabetólogo, endocrinólogo, cardiólogo, cirujano, dermatólogo, médico internista y otros. “Esto agilizará la obtención de una consulta en caso de una complicación repentina del embarazo”, subrayan.

También exigen, entre otras cosas:

  • Estandarización del formato de derivación al ginecólogo en caso de factores de riesgo,
  • permitir a la partera emitir una derivación al hospital en caso de una condición repentina que requiera hospitalización inmediata,
  • permitir a la partera que supervisa el embarazo emitir referencias para pruebas prenatales para mujeres embarazadas con el fin de mejorar el diagnóstico prenatal.

También proponen eliminar de la lista de servicios preventivos prestados en la semana 38 y 39 de embarazo la disposición que deriva a las pacientes bajo el cuidado de una partera a una consulta obligatoria con un obstetra.

A su vez, en el área de atención posparto, sugieren especificar las obligaciones, incluyendo la evaluación de la cavidad oral y del frenillo sublingual y labial del recién nacido. También indican que el Ministerio de Salud debería desarrollar una Tarjeta de Embarazo , como ya se hizo con la Tarjeta de Observación del Parto o la Cartilla de Salud Infantil.

Sin embargo, los resultados del Mercado de Salud indican que las posibilidades de satisfacer las demandas de las matronas, especialmente en lo que respecta a la emisión de bajas por enfermedad y derivaciones a especialistas, son escasas . Estas exigencias exceden el estándar organizativo de la atención perinatal y deberían regularse mediante normativas específicas.

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No hay suficiente información sobre la depresión durante el embarazo y la lactancia

Según varias asociaciones de pacientes, la normativa propuesta en el borrador no promueve lo suficiente la lactancia materna y los cuidados a la lactancia, aunque la nueva norma regula de facto cuestiones relacionadas con la lactancia materna y la nutrición del recién nacido.

También se reclamó garantizar a la mujer el derecho a tener dos personas que la acompañen durante el parto , incluida una persona cercana a ella y una persona adicional elegida por la parturienta, de acuerdo con sus preferencias.

La Fundación Rodzić po Ludzku informó, entre otras cosas, sobre la necesidad de complementar el reglamento con una disposición relativa al equipamiento mínimo de la sala de partos. Propuso que cada sala de partos estuviera equipada con una pelota, una escalera, una bañera o ducha, un colchón, un taburete de parto, persianas y cortinas o mosquiteras en las puertas, y que el reglamento incluyera la obligación de que los hospitales dispusieran de salas de parto individuales con sus propias instalaciones sanitarias.

También sugirió incluir en el alcance de los servicios preventivos y de promoción de la salud y de las pruebas diagnósticas y consultas realizadas entre la semana 11 y 14 del embarazo, la semana 33 y 37 y durante el puerperio una evaluación del riesgo y la gravedad de los síntomas depresivos mediante herramientas estandarizadas como la Escala de Depresión Postnatal de Edimburgo, PHQ-9 o la versión abreviada del PHQ-2, explicando que “la información recibida por la Fundación indica que el personal médico no tiene conocimiento de cómo y qué herramientas debe utilizar para evaluar el riesgo y la gravedad de la depresión”.

La Asociación Polaca de Psicología también señaló que el ministerio no había abordado suficientemente el problema de la depresión durante el embarazo y el posparto en el borrador. Los expertos señalaron, en particular, que si la evaluación indica un alto riesgo y gravedad de los síntomas de depresión, la lista de consultas recomendadas en el documento debería incluir la derivación de la paciente a una consulta psicológica o psiquiátrica.

La falta de recomendaciones específicas en estas situaciones hace inútil la evaluación del riesgo y la gravedad de la depresión. El proyecto de reglamento tampoco indica quién es la persona responsable (¿matrona o médico?) de evaluar el riesgo y la gravedad de la depresión durante el embarazo, ni ofrece recomendaciones adecuadas, advierten los psicólogos.

La Federación Polaca de Oncología propuso introducir exámenes ecográficos de mama obligatorios para las mujeres mayores de 35 años o con antecedentes familiares positivos, en lugar de simplemente recomendarlos.

La Sociedad Polaca de Matronas, por su parte, señaló que la evaluación de la satisfacción de las mujeres atendidas debería realizarse con criterios uniformes en todos los hospitales, lo que, según este grupo profesional, permitiría comparar resultados y mejorar la calidad de los servicios prestados. Asimismo, el proyecto indica que las propias entidades que prestan servicios de atención perinatal deben establecer indicadores de esta atención y supervisarlos al menos una vez al año, en particular mediante la limitación de las intervenciones médicas.

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Nueva norma de atención perinatal próxima a su finalización. Regulación en julio.

La norma que se introduce pretende proteger a la madre y al recién nacido de una medicalización excesiva, recomendando limitar las intervenciones médicas al mínimo necesario, en particular:

  • amniotomía,
  • inducción del parto,
  • estimulación de la actividad contráctil,
  • el uso de la farmacoterapia,
  • episiotomía,
  • cesárea,
  • administrar al recién nacido fórmulas infantiles teniendo en cuenta los principios de seguridad sanitaria.

Las directrices, en general, buscan mejorar la situación de las mujeres que dan a luz. Entre las novedades se incluyen permitir que las mujeres coman durante el parto y la prohibición absoluta de alojar a pacientes tras un aborto espontáneo o una muerte fetal en habitaciones de hospital con mujeres embarazadas o con recién nacidos sanos.

El proyecto describe detalladamente las normas de conducta en las etapas posteriores del parto, los métodos para aliviar el dolor y las normas de atención al recién nacido. Introduce la prevención del cáncer de mama y la obligación de iniciar el trámite de la "Tarjeta Azul" en caso de sospecha de violencia doméstica. También reconoce problemas previamente inadvertidos de las mujeres embarazadas, como la necesidad de apoyar a las mujeres con discapacidad.

Garantiza la continuidad de la atención médica profesional de partera en el lugar de residencia o estancia a toda paciente posparto que manifieste tal deseo, incluso si su hijo está hospitalizado durante mucho tiempo, nace muerto o muere después del nacimiento.

Por primera vez, también se incluyó una disposición para complementar el programa de educación prenatal, en la sección relativa al puerperio, con contenido sobre la prevención de trastornos uroginecológicos. Lamentablemente, este es el único punto donde se plantea este problema, aunque las necesidades en este ámbito, como se indica en algunos comentarios, son mucho mayores.

Según información del Ministerio de Salud, el proyecto de enmienda al reglamento sobre la norma organizativa de la atención perinatal se presentará para su publicación en julio de este año . Entrará en vigor seis meses después de su publicación.

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Material protegido por derechos de autor: las reglas de reimpresión se especifican en el reglamento .

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